Fecha de emisión: 01/04/2020 | Última modificación: 10/06/2025 | Versión: 02
ARC FIRE S.A.S., comprometida con la protección, promoción y recuperación de la salud de sus trabajadores, visitantes y demás partes interesadas, establece esta política como parte integral del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) y en cumplimiento de la normativa legal vigente, con el fin de prevenir el consumo, porte, distribución o influencia de bebidas alcohólicas, tabaco y sus derivados, sistemas electrónicos de administración con o sin nicotina (SEAN y SSSN), y otras sustancias psicoactivas (SPA) en sus lugares de trabajo o durante el desarrollo de actividades laborales.
Esta política se fundamenta en los principios de promoción de entornos laborales seguros, saludables y libres de sustancias que afecten el desempeño físico, mental y social de los colaboradores, así como en el enfoque preventivo, educativo y de acompañamiento para quienes puedan requerir ayuda profesional.
Teniendo en cuenta que el consumo de alcohol, tabaco, sistemas electrónicos de administración con o sin nicotina (SEAN y SSSN) y otras sustancias psicoactivas (SPA) genera impactos negativos en la sociedad, el ambiente y las condiciones de trabajo, se establecen las siguientes prohibiciones dentro de la empresa:
- Prohibición expresa del consumo, posesión, comercialización o distribución de alcohol, tabaco, SEAN, SSSN o sustancias psicoactivas durante la jornada laboral, en las instalaciones de la empresa.
- Ningún trabajador de la empresa podrá operar vehículo o cualquier medio de transporte durante su jornada laboral bajo los efectos del alcohol, drogas y/o sustancias psicoactivas o medicamentos que pudiera afectar sus capacidades de trabajar de manera segura.
- Implementación de estrategias de prevención del consumo de SPA, tabaco y alcohol mediante campañas educativas, actividades de sensibilización, pausas activas temáticas, y alianzas con entidades especializadas.
- Detección temprana y acompañamiento: Garantizar un enfoque de apoyo y orientación a los trabajadores que identifiquen o manifiesten consumo problemático, canalizando los casos hacia el sistema de seguridad social en salud (EPS/ARL) o programas externos de rehabilitación, sin vulnerar su dignidad ni generar discriminación.
- Respeto a los espacios 100% libres de humo de tabaco y emisiones similares, en cumplimiento de la Ley 1335 de 2009, Ley 2354 de 2024 y la Resolución 624 de 2025 y demás normas relacionadas. Se prohíbe el uso de cigarrillos electrónicos, vapeadores, pipas de agua u otros dispositivos dentro de las instalaciones físicas y vehículos de la empresa.
- Divulgación y formación permanente sobre los riesgos del consumo de estas sustancias, mediante capacitaciones, boletines internos y otros medios que promuevan hábitos de vida saludables.
- Aplicación de controles disciplinarios conforme al Reglamento Interno de Trabajo y el Código Sustantivo del Trabajo, cuando se incurra en conductas que pongan en riesgo la seguridad, salud e integridad de las personas por influencia de sustancias.
Esta política debe ser comunicada, entendida y acatada por todos los trabajadores, aprendices, contratistas, subcontratistas, visitantes y demás partes interesadas con el fin de consolidar un ambiente laboral apropiado por medio de la participación en los programas de promoción y prevención para el buen desempeño de las actividades que se desarrollen dentro de las instalaciones de ARC FIRE S.A.S., o en el marco de las funciones institucionales y se reportarán todos los casos de venta o posesión de alcohol, cigarrillos y/o drogas ilegales.
Esta política entra en vigencia a partir del 11 de junio de 2025 y será revisada anualmente o cuando haya cambios normativos, organizacionales o en el análisis de contexto que así lo requieran.